¡Agradecidos con el de arriba! Aquí todo lo que debes saber sobre el aguinaldo

Por: Mercedes Martínez

El aguinaldo es una prestación a la que tienen derecho todos los trabajadores de base, plaza, confianza o sindicalizados. La Ley Federal del Trabajo establece en su Artículo 87 que el patrón o jefe debe realizar el pago de forma anual, y por lo general a fin de cada año. Por lo tanto, debe depositarse o entregarse antes del día veinte de diciembre.

¿Cuánto me toca?

Araceli Balderas, actual subprocuradora de la Defensa del Trabajo en la zona centro del Estado de México explica que existe una forma en la que puede cuantificarse la cantidad correspondiente de aguinaldo, la cual se basa en el salario que se percibe por jornada.

Se trata de “15 días multiplicados por el salario diario o base, y de ahí se va a determinar la cantidad que debe pagarse como aguinaldo”. Detalla que los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que trabajaron.

Hay ocasiones en que los trabajadores quizás no laboraron todo el año y la relación de trabajo fue por tiempo determinado, pero tienen derecho a una parte proporcional de aguinaldo. Quizás no son los quince días pero sí el equivalente al tiempo que se laboró”, explica Balderas.

¿Y si no me pagan?

En caso de que la parte responsable no pague el aguinaldo, el trabajador puede demandar ante la autoridad laboral correspondiente para defender su derecho. Tiene un lapso de un año para emprender dicha acción, después del año el trabajador no podrá reclamar la ausencia del pago.

Los trabajadores se pueden acercar a la Procuraduría del Trabajo para recibir asesoría y representación jurídica de forma gratuita”, invita Balderas. De acuerdo a las cifras e información que maneja la subprocuradora, son pocos los casos donde el patrón o las empresas se niegan a realizar el pago de esta presentación. Sin embargo, cuando se inicia una demanda, el proceso puede prolongarse por años.

“Con la tramitación de esta demanda se protege su derecho de exigir su pago. Quizás tarde más en cobrar, pero ante una autoridad el trabajador ya hizo saber que se le debe una cantidad. Lo importante es que los trabajadores interpongan la demanda antes de que pase un año para que se le haga valer su derecho”.

Cuando un trabajador emprende este procedimiento es muy probable que lo gané y obligue a la figura del patrón a depositar el aguinaldo que le adeuda, a menos que se de un caso extremo como la desaparición de la empresa.

Balderas enfatiza que “lo importante es que trabajadoras y trabajadores sepan que hay una instancia a donde pueden acudir y se les apoya de forma gratuita para que reciban esta prestación o alguna otra. Nuestra línea telefónica es 800-770-2233”.

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